Cronograma de presentación de reportes de solicitudes de transparencia

COMUNICADO A TODAS LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Plazo de presentación de informes sobre solicitudes y pedidos de información atendidos y no atendidos en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Nos dirigimos a todas las Entidades de la Administración Pública, con relación al reporte que deberán remitir a la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre las solicitudes y pedidos de información atendidos y no atendidos por estas, correspondiente al año 2014, según lo dispuesto en el artículo 22° del TUO de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N°043-2003-PCM.
Al respecto, todas las Entidades de la Administración Pública, deberán remitir la información anual 2014 debidamente consolidada, incluyendo las gerencias, programas, proyectos, empresas municipales y otros organismos adscritos bajo su ámbito, de acuerdo al cronograma publicado en la página de la PCM y Portal del Estado Peruano, así como, los lineamientos establecidos en la Directiva N°003-2009-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial N°301-2009-PCM, de fecha 9 de julio de 2009.
La Información debe ser remitida por conducto regular, en soporte magnético (disco compacto) y vía correo electrónico a la siguiente dirección: sc@pcm.gob.pe. Para mayor información entrar a la página web http://sc.pcm.gob.pe/2014/04/informes-de-transparencia-version-2/ o comunicarse al teléfono 219-7000, anexo 7131.
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Actividad |
Fecha |
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Recepción de los informes consolidados por parte de las entidades |
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Municipalidades Distritales | Del 19/01/15 al 23/01/15 | |
Municipalidades Provinciales | Del 26/01/15 al 30/01/15 | |
Gobiernos Regionales | Del 02/02/15 al 06/02/15 | |
Organismos Constitucionalmente Autónomos | Del 09/02/15 al 13/02/15 | |
Poder Ejecutivo (Ministerios), OPs PCM, Poder Judicial, Congreso de la República y Universidades | Del 16/02/15 al 20/02/15 | |
Evaluación de información remitida y devolución para corrección de información proporcionada por las entidades que no se ajuste a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 003-2009-PCM/SGP. (**) |
Hasta el 06/03/15 |
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Fecha de cierre del Informe (***) |
09/03/15 |
Descargar documentos
Atte.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
(*) Art. 22º del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “Para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22º de la Ley, las Entidades remitirán a la Presidencia del Consejo de Ministros, según cronograma que ésta última establezca, la información relativa a las solicitudes de acceso a la información atendidas y no atendidas….”.
(**) Aprobada mediante R.M. Nº 301-2009-PCM.
(***) La información remitida posterior a esta fecha no será incluida en el informe y acarreará las responsabilidades de Ley.