Los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refiere esta Ley. (DS Nº 043-2003-PCM, Artículo 3º).En consecuencia:
1. Toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el artículo 15º de la presente Ley.
2. El Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública.
3. El Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada. (Resolución Ministerial Nº 215-2018-PCM) |
Responsables
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Teléfono
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Correo electrónico
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Pedro Hurtado Cánepa
Jefe (e) de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional |
219-7000
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Descargue AQUÍ el FORMATO de Solicitud de Acceso a la Información Pública: NOTA: Por favor complete TODOS los campos que contiene el formato [DESCARGAR] |
FUNCIONARIO RESPONSABLE DE TRAMITACIÓN DE DONACIONES
Designación de los funcionarios responsables de las donaciones provenientes del Exterior, en virtud del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 021-2008-EF
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Responsables
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Teléfono
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Correo electrónico
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Katherine Geraldine Reyes Gonzáles |
219-7000
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