Secretaria de Gestión Pública > Funciones
   
Funciones - SGP
 

Conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la PCM aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM articulo 36º y 37º modificado por el Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM las funciones de la Secretaria de Gestión Pública son las siguientes:   

37.1 Coordinar y dirigir el proceso de modernización de la gestión pública, así como formular y evaluar las propuestas para su mejora;

37.2 Emitir opinión sobre autógrafas y proyectos normativos referidos a funcionamiento y organización del Estado, como es la creación de ministerios, entidades, instituciones, organismos públicos, autoridades autónomas, corporaciones, fondos o de cualquier otra entidad del Estado; así como, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los Ministerios y de los organismos públicos para fines de su aprobación;

37.3 Proponer normas y aprobar directivas en materia de funcionamiento y organización del Estado, ética y transparencia;

37.4 Detectar los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos administrativos en las distintas entidades de la Administración Pública y proponer las medidas necesarias para su corrección;

37.5 Emitir informe sobre los proyectos o normas que propongan la fusión de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos, comisiones y en general toda instancia de la Administración Pública Central, así como la modifi cación respecto de la
adscripción sectorial de un organismo público o de otras entidades;

37.6 Asesorar a las entidades en materia de simplificación administrativa y evaluar los procesos de simplifi cación administrativa en relación con el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades del Poder Ejecutivo, para lo cual está facultada a solicitar la información que requiera, y emitir directivas y/o lineamientos;

37.7 Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificación administrativa contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General y detectar los incumplimientos para lo cual deberá otorgar a las entidades un plazo perentorio para la subsanación. De no producirse la subsanación, deberá realizar las gestiones conducentes a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios involucrados;

37.8 Formular, coordinar, supervisar y evaluar las políticas de acceso a la información pública, fomento de la ética en la función pública, la transparencia y la vigilancia ciudadana.

37.9 Coordinar con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Competitividad;

37.10 Emitir opinión respecto a los confl ictos de competencia entre autoridades del Poder Ejecutivo que son puestos en consideración de la Presidencia del Consejo de Ministros;

37.11 Emitir opinión técnica en materia de su competencia;

37.12 Otras funciones que le sean encomendadas por la Alta Dirección.

 

 

 

 
______________________________________________________________________
Jr. Carabaya Cdra. 1 S/N - Lima, Central Telefónica (51) 1 - 219-7000
atencionciudadana@pcm.gob.pe
Inicio Intranet Correo PCM Mapa del Sitio Contactenos