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Coordinar y dirigir el proceso de modernización de la Administración Pública; |
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Formular y evaluar las propuestas para la mejora de la gestión pública; |
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Emitir opinión sobre autógrafas y proyectos normativos referidos a organización y
estructura del Estado, como es la creación de Ministerios, Entidades, Instituciones,
Organismos Públicos Descentralizados, Autoridades Autónomas, Corporaciones, Fondos o
de cualquier otra entidad del Estado; así como, el Reglamento de Organización y
Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los Ministerios y de los
Organismos Públicos Descentralizados para fines de su aprobación; |
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Aprobar directivas y proponer normas en materia de estructura del Estado, Sistemas
Administrativos y Modernización, en concordancia con las normas de modernización,
racionalización y descentralización del Estado; |
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Detectar los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos administrativos en las
distintas entidades de la Administración Pública y proponer las medidas necesarias para
su corrección; |
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Emitir informe sobre los proyectos o normas que propongan la fusión de direcciones,
programas, dependencias, entidades, organismos públicos descentralizados, comisiones y
en general toda instancia de la Administración Pública Central, así como la modificación
respecto de la adscripción sectorial de un Organismo Público Descentralizado o de otras
entidades; |
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Asesorar a las entidades en materia de simplificación administrativa y evaluar los procesos
de simplificación administrativa en relación con el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de las entidades del Poder Ejecutivo, para lo cual está facultada a
solicitar la información que requiera, y emitir directivas y/o lineamientos; |
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Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificación administrativa
contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y detectar
los incumplimientos para lo cual deberá otorgar a las entidades un plazo perentorio para la
subsanación. De no producirse la subsanación, deberá realizar las gestiones conducentes
a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios involucrados; |
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Formular propuestas para la aplicación de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública; |
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Coordinar con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Competitividad; |
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Emitir opinión respecto a los conflictos de competencia entre autoridades del Poder
Ejecutivo que son puestos en consideración de la Presidencia del Consejo de Ministros; |
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Emitir opinión técnica en materia de su competencia; |
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Otras funciones que le sean encomendadas por la Alta Dirección. |