La Oficina General de Administración es el órgano de apoyo, que depende jerárquicamente de la Secretaría General. Es la encargada de la gestión administrativa y financiera de la Entidad y ejerce las funciones previstas en la Ley y su Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de adquisiciones y contrataciones del Estado. Es el órgano responsable de la gestión de los sistemas de recursos humanos, materiales, económicos y financieros, así como la prestación de servicios para el normal funcionamiento de los órganos de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Proponer a la Alta Dirección lineamientos de políticas y estrategias de gestión administrativa para el desarrollo de la Entidad;
Supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos de los asuntos administrativos en las áreas de: Recursos humanos, contabilidad, tesorería, sistemas, logística, servicios generales, vigentes en la administración pública así como las Normas Técnicas de Control;
Administrar adecuadamente los recursos humanos de la Entidad, promoviendo el. rendimiento y desarrollo del personal, en concordancia con las disposiciones legales vigentes;
Efectuar el control previo institucional y concurrente de las operaciones administrativas y financieras de la Entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Control;
Organizar y controlar la presentación de los estados financieros e informes sobre situación económica y financiera del pliego;
Organizar, dirigir y controlar los procesos informáticos y los proyectos asignados a su dependencia, planificar el desarrollo en tecnología de la información de la Entidad a fin de anticipar y atender las necesidades de software, hardware y comunicaciones;
Proponer resoluciones, normas y directivas, así como celebrar contratos y convenios sobre asuntos de su competencia;
Brindar apoyo administrativo a las Comisiones adscritas a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Foro del Acuerdo Nacional;
Realizar la inscripción en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, de las sanciones de destitución y despido, en el ámbito de su competencia, y comunicar a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática;
Administrar el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE) previsto en el artículo 53º de la Ley Nº 27783 y el artículo 73.A de la Ley Nº 27867; y,
Otras funciones que le sean encomendadas por la Secretaría General.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Administración está conformada por las siguientes unidades orgánicas:
Oficina de Asuntos Administrativos;
Oficina de Asuntos Financieros;
Oficina de Recursos Humanos;
Oficina de Sistemas; y,
Archivo Central (VER PÁGINA WEB)

 

 
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