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La Oficina General de Administración es el órgano de apoyo, que depende jerárquicamente de la
Secretaría General. Es la encargada de la gestión administrativa y financiera de la Entidad y ejerce
las funciones previstas en la Ley y su Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión
de los procesos de adquisiciones y contrataciones del Estado. Es el órgano responsable de la
gestión de los sistemas de recursos humanos, materiales, económicos y financieros, así como la
prestación de servicios para el normal funcionamiento de los órganos de la Presidencia del
Consejo de Ministros. |
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Proponer a la Alta Dirección lineamientos de políticas y estrategias de gestión administrativa
para el desarrollo de la Entidad; |
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Supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos de los asuntos administrativos
en las áreas de: Recursos humanos, contabilidad, tesorería, sistemas, logística, servicios
generales, vigentes en la administración pública así como las Normas Técnicas de Control; |
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Administrar adecuadamente los recursos humanos de la Entidad, promoviendo el.
rendimiento y desarrollo del personal, en concordancia con las disposiciones legales
vigentes; |
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Efectuar el control previo institucional y concurrente de las operaciones administrativas y
financieras de la Entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Control; |
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Organizar y controlar la presentación de los estados financieros e informes sobre situación
económica y financiera del pliego; |
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Organizar, dirigir y controlar los procesos informáticos y los proyectos asignados a su
dependencia, planificar el desarrollo en tecnología de la información de la Entidad a fin de
anticipar y atender las necesidades de software, hardware y comunicaciones; |
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Proponer resoluciones, normas y directivas, así como celebrar contratos y convenios sobre
asuntos de su competencia; |
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Brindar apoyo administrativo a las Comisiones adscritas a la Presidencia del Consejo de
Ministros y al Foro del Acuerdo Nacional; |
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Realizar la inscripción en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, de las
sanciones de destitución y despido, en el ámbito de su competencia, y comunicar a la
Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática; |
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Administrar el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE) previsto en el
artículo 53º de la Ley Nº 27783 y el artículo 73.A de la Ley Nº 27867; y, |
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Otras funciones que le sean encomendadas por la Secretaría General. |
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| Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Administración está conformada por
las siguientes unidades orgánicas: |
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Oficina de Asuntos Administrativos; |
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Oficina de Asuntos Financieros; |
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Oficina de Recursos Humanos; |
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Oficina de Sistemas; y, |
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Archivo Central (VER PÁGINA WEB) |
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